Junta del Fondo de Pensiones para Bomberos
La administración y la responsabilidad del Plan de Pensiones de Bomberos corresponde a la Junta de Fideicomisarios (“la Junta”). La Junta tiene una responsabilidad fiduciaria con el Plan y sus participantes, y como tal, debe ejercer un juicio prudente en la supervisión y administración del fondo de pensiones. El Capítulo 175 de los Estatutos de Florida requiere que la Junta esté compuesta por cinco fideicomisarios que sirven términos concurrentes de dos años. La Junta está compuesta por dos residentes de la ciudad designados por el Concejo Municipal, dos bomberos, elegidos por una mayoría de participantes del plan -empleados en actividad- y un miembro elegido por mayoría entre los otros cuatro miembros y designado ministerialmente por el Concejo Municipal. Por mayoría de votos, los fideicomisarios eligen entre ellos un presidente, un vicepresidente y un secretario.
Tres personas sirven a la Junta en puestos de personal. Servir a la Junta es la función principal de su posición en el municipio. En este grupo están incluidos el tesorero municipal (director ejecutivo), el gerente de tesorería (director ejecutivo adjunto) y el coordinador de pensiones.